Un juez condena a Mauricio por conducir sin tener el carné de conducir. Mintió a la policía, se escapó y ese es el ejemplo que nos dan los políticos. Éste, se ha tirado años y años en el parlamento nacional, dirigiendo la política de estas islas. ¿Que ocurriría si a todos ellos se les quitara la careta?.
Conducía con exceso de velocidad y sin el carné, les dijo a los guardias que iba a por él y no volvió. La verdad es que «no lo había tenido nunca». Un juez de Las Palmas condenó el pasado jueves al exdiputado nacional de Coalición Canaria José Carlos Mauricio, a pagar una multa de 3.600 euros como autor confeso de un delito de conducción sin carné.
El Juzgado de Instrucción número 1 de Las Palmas de Gran Canaria condenó el pasado jueves 27 de enero en firme al fundador de Iniciativa Canaria (ICAN), ex consejero de Economía del Gobierno autónomo y ex parlamentario nacional José Carlos Mauricio Rodríguez (Gáldar, 4 de noviembre de 1941) a abonar una multa por importe global de 3.600 euros como autor confeso de un delito previsto en el artículo 384 del Código Penal vigente, relativo a la conducción de vehículos a motor sin licencia.
La sentencia, a la que ha tenido acceso CANARIAS7, declara probado que sobre las 10.32 horas del 21 de diciembre pasado, José Carlos Mauricio conducía el Toyota Prius propiedad de una de sus hijas por el punto kilométrico 02.000 de la carretera GC-110 entre Las Palmas de Gran Canaria y el municipio de Santa Brígida, «sin licencia o permiso de conducción que le habilitare para ello, por no haberla obtenido nunca».
La resolución fue dictada por el magistrado Alberto Puebla, titular del Juzgado de Instrucción número uno de la capital grancanaria, el pasado jueves, instantes después de celebrar el juicio rápido. Al haber mostrado su conformidad con el fallo, la decisión deviene en firme, lo que significa que el condenado no puede recurrirla ante la instancia superior y sólo puede avenirse a su ejecución, esto es, a pagar la sanción impuesta.
Mauricio acudió a la vista representado por un abogado de oficio. El ex diputado nacional y ex candidato a alcalde de la capital grancanaria aportó un documento que al parecer acreditaba su condición de pensionista. Se mostró conforme con la petición del fiscal, lo que motivó que el juicio durara tan sólo unos minutos. La sentencia fue declarada firme en el mismo acto.
En principio, el representante del Ministerio Público interesaba que se le impusiera una pena de 18 meses multa a razón de una cuota diaria de 10 euros, esto es, 5.400 euros, pero ante la admisión de los hechos y la aceptación de la pena por parte del acusado, el fiscal rebajó su petición a una pena de 12 meses de multa con una cuota diaria de 10 euros con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias impagadas.
La sentencia, a la que ha tenido acceso CANARIAS7, declara probado que sobre las 10.32 horas del 21 de diciembre pasado, José Carlos Mauricio conducía el Toyota Prius propiedad de una de sus hijas por el punto kilométrico 02.000 de la carretera GC-110 entre Las Palmas de Gran Canaria y el municipio de Santa Brígida, «sin licencia o permiso de conducción que le habilitare para ello, por no haberla obtenido nunca».
La resolución fue dictada por el magistrado Alberto Puebla, titular del Juzgado de Instrucción número uno de la capital grancanaria, el pasado jueves, instantes después de celebrar el juicio rápido. Al haber mostrado su conformidad con el fallo, la decisión deviene en firme, lo que significa que el condenado no puede recurrirla ante la instancia superior y sólo puede avenirse a su ejecución, esto es, a pagar la sanción impuesta.
Mauricio acudió a la vista representado por un abogado de oficio. El ex diputado nacional y ex candidato a alcalde de la capital grancanaria aportó un documento que al parecer acreditaba su condición de pensionista. Se mostró conforme con la petición del fiscal, lo que motivó que el juicio durara tan sólo unos minutos. La sentencia fue declarada firme en el mismo acto.
En principio, el representante del Ministerio Público interesaba que se le impusiera una pena de 18 meses multa a razón de una cuota diaria de 10 euros, esto es, 5.400 euros, pero ante la admisión de los hechos y la aceptación de la pena por parte del acusado, el fiscal rebajó su petición a una pena de 12 meses de multa con una cuota diaria de 10 euros con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias impagadas.
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